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Protección civil · Ciudad de México Tercero acreditado

Revalidación del Programa Interno y mantenimiento de documentos con vigencia temporal (CDMX)

Cuándo aplica
Todo obligado con PIPC registrado. La revalidación se presenta dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento y SÓLO procede si no cambió razón social, domicilio, giro, m² de construcción, no hubo modificación estructural y la hace EL MISMO ROPC. Además, la vigencia del PIPC está condicionada a mantener actualizados 6 documentos de vigencia temporal, cada uno con su propio reloj.
Fundamento
Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX, arts. 40 (fracc. I a VII) y 56 (fracc. I a IX)
Autoridad
Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX
Ámbito
Ciudad de México
Periodicidad
según vigencia del PIPC (2 o 5 años), pero con documentos anexos de vigencia anual
Ventana
30 días naturales previos al vencimiento del PIPC
Fundamento de la sanción
Ley CDMX art. 221 fracc. IV (programa que no cumple los requisitos de la normativa)
Sanción prevista
de 200 a 5,000 UMA ($23,462 a $586,550 MXN, UMA 117.31 vigente 2026)
Quién lo ejecuta
Tercero acreditado, coordinado por AMEYAL

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Que esta obligación aparezca aquí no significa que la incumplas. Significa que la ley la prevé para establecimientos con las características descritas arriba. Si ya la tienes resuelta, si está vencida o si nunca se presentó es otra pregunta, y se contesta revisando tu expediente.

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