Higiene y salud en el trabajo · Federal
- Cuándo aplica
- Todo patrón debe ordenar los exámenes médicos al personal ocupacionalmente expuesto que exijan el Reglamento y las Normas. En la práctica, el disparador concreto por agente es el de cada NOM: ruido ≥85 dB(A) anual; iluminación especial (>1000 o <100 luxes) anual; vibraciones al menos cada 2 años; agentes químicos seguimiento clínico anual; manejo manual de cargas seguimiento clínico anual.
- Fundamento
- Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, artículo 7 fracción IX (ordenar exámenes médicos al POE) y fracción I (contar con Diagnóstico de SST y los estudios y análisis de riesgos); artículos 49 y 50 (Servicios Preventivos de Medicina del Trabajo)
- Autoridad
- STPS — Dirección General de Inspección Federal del Trabajo
- Ámbito
- Federal
- Periodicidad
- La que fije cada Norma por agente; el Reglamento no impone un intervalo único
- Fundamento de la sanción
- Ley Federal del Trabajo, artículo 994 fracción V
- Sanción prevista
- de 250 a 5,000 UMA ($29,328 a $586,550 MXN, UMA 117.31 vigente 2026)
- Quién lo ejecuta
- AMEYAL
Que esta obligación aparezca aquí no significa que la incumplas. Significa que la ley la prevé para establecimientos con las características descritas arriba. Si ya la tienes resuelta, si está vencida o si nunca se presentó es otra pregunta, y se contesta revisando tu expediente.