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Ambiental · Federal

Condiciones físicas del área de almacenamiento de residuos peligrosos

Cuándo aplica
Aplica a las áreas de almacenamiento de PEQUEÑOS y GRANDES generadores, o sea a partir de 400 kg/año. Los microgeneradores se rigen por el régimen aligerado del art. 83, no por éste.
Fundamento
Reglamento LGPGIR art. 82 (fracc. I condiciones básicas, fracc. II áreas cerradas, fracc. III áreas abiertas)
Autoridad
SEMARNAT / PROFEPA (verificación)
Ámbito
Federal
Periodicidad
permanente
Fundamento de la sanción
LGPGIR art. 106 fracc. II en relación con art. 112 fracc. V
Sanción prevista
de 20 a 50,000 UMA ($2,346 a $5,865,500 MXN, UMA 117.31 vigente 2026)
Quién lo ejecuta
AMEYAL

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Que esta obligación aparezca aquí no significa que la incumplas. Significa que la ley la prevé para establecimientos con las características descritas arriba. Si ya la tienes resuelta, si está vencida o si nunca se presentó es otra pregunta, y se contesta revisando tu expediente.

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